Estatutos

Asociación Española de Hidroterapia de Colon constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.

 

La asociación tiene su domicilio social en  calle Balmes, 296, 6-3º – 08006 Barcelona, con ámbito de actuación nacional y carece de ánimo de lucro.

Presidente de la Asociación: D. David Granizo Bermejo.

Fines de la Asociación:

  • Información a enfermos y terapeutas sobre hidroterapia del colon y sus aplicaciones, así como la puesta en contacto de enfermos y terapeutas al objeto de aplicar este tipo de terapia a quien lo solicite y busque profesionales de garantía.
  • Información de experiencias profesionales a nivel internacional en el tratamiento y aplicación de terapias y utilización de maquinaria destinada al tratamiento de la hidroterapia del colon.
  • Asesoramiento en el ámbito financiero, mediante el concierto de acuerdos con entidades dedicadas a tal fin existentes en el mercado, para la obtención a favor de sus asociados de las mejores opciones o sistemas de financiación en la adquisición de aparatología destinada al tratamiento del colon.
  • Información tanto a profesionales como a enfermos de cursos de formación tanto a distancia como presencial, que permita al socio ampliar sus conocimientos relativos a cualquier tipo de terapia relacionada con el colon.
  • Información sobre cualquier tipo de modalidad de seguros que exista en el mercado y que pueda beneficiar al colectivo de asociados, tanto en el desarrollo de su actividad como a nivel de su posible interés extra-profesional.

Actividades de la Asociación:

  • Elaboración y actualización periódica de una base de datos que incluya a hidroterapeutas de toda España.
  • Se impartirán distintos tipos de cursos, tanto para la formación de profesionales que quieran ejercer como hidroterapeutas, como para aquellas personas que quieran conocer y/o profundinzar en la hidroterapia del colon.
  • Se establecerán y se facilitarán contactos y relaciones profesionales entre nuestros asociados y distintas entidades financieras y aseguradoras al objeto de facilitar la adquisición de maquinaria y aparatología destinada al tratamiento e hidroterapia del colon.
  • Cualesquiera otras encaminadas a la consecución de los fines de la asociación.

Derechos de los asociados:

  • Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación.
  • Ejercer el derecho de voto, así como asistir a la Asamblea General.
  • Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
  • Ser oído con carácter previo de la adopción de medidas disciplinarias contra él.
  • Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la ley o los estatutos.
  • Hacer sugerencias a los miembros de la J unta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.

Obligaciones de los asociados:

  • Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
  • Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder a cada asociado, salvo los de honor.
  • Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
  • Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la Asociación.

Recursos económicos de la Asociación:

  • Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias.
  • Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
  • Cualquier otro recurso lícito.