Estatutos
Asociación Española de Hidroterapia de Colon constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
La asociación tiene su domicilio social en calle Balmes, 296, 6-3º – 08006 Barcelona, con ámbito de actuación nacional y carece de ánimo de lucro.
Presidente de la Asociación: D. David Granizo Bermejo.
Fines de la Asociación:
- Información a enfermos y terapeutas sobre hidroterapia del colon y sus aplicaciones, así como la puesta en contacto de enfermos y terapeutas al objeto de aplicar este tipo de terapia a quien lo solicite y busque profesionales de garantía.
- Información de experiencias profesionales a nivel internacional en el tratamiento y aplicación de terapias y utilización de maquinaria destinada al tratamiento de la hidroterapia del colon.
- Asesoramiento en el ámbito financiero, mediante el concierto de acuerdos con entidades dedicadas a tal fin existentes en el mercado, para la obtención a favor de sus asociados de las mejores opciones o sistemas de financiación en la adquisición de aparatología destinada al tratamiento del colon.
- Información tanto a profesionales como a enfermos de cursos de formación tanto a distancia como presencial, que permita al socio ampliar sus conocimientos relativos a cualquier tipo de terapia relacionada con el colon.
- Información sobre cualquier tipo de modalidad de seguros que exista en el mercado y que pueda beneficiar al colectivo de asociados, tanto en el desarrollo de su actividad como a nivel de su posible interés extra-profesional.
Actividades de la Asociación:
- Elaboración y actualización periódica de una base de datos que incluya a hidroterapeutas de toda España.
- Se impartirán distintos tipos de cursos, tanto para la formación de profesionales que quieran ejercer como hidroterapeutas, como para aquellas personas que quieran conocer y/o profundinzar en la hidroterapia del colon.
- Se establecerán y se facilitarán contactos y relaciones profesionales entre nuestros asociados y distintas entidades financieras y aseguradoras al objeto de facilitar la adquisición de maquinaria y aparatología destinada al tratamiento e hidroterapia del colon.
- Cualesquiera otras encaminadas a la consecución de los fines de la asociación.
Derechos de los asociados:
- Participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación.
- Ejercer el derecho de voto, así como asistir a la Asamblea General.
- Ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
- Ser oído con carácter previo de la adopción de medidas disciplinarias contra él.
- Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la ley o los estatutos.
- Hacer sugerencias a los miembros de la J unta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
Obligaciones de los asociados:
- Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
- Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder a cada asociado, salvo los de honor.
- Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la Asociación.
Recursos económicos de la Asociación:
- Las cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias.
- Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.
- Cualquier otro recurso lícito.